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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 156 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 156. Cómputo

Los plazos empezarán a correr desde el día siguiente al de la notificación. Si fuesen comunes desde el día siguiente a la declaración realizada por el secretario, de que todas las partes se encuentran notificadas.

No se computarán los días hábiles.

El retiro del expediente importará la suspensión de los plazos no comunes que estuvieren corriendo para las otras partes, pero no suspenderá los plazos comunes que ya estuvieren corriendo, salvo disposición expresa dictada de oficio o a pedido de parte.

Provincia de Salta Artículo 156 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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