Código Procesal Civil y Comercial Artículo 519 Provincia de Córdoba
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024
Código Procesal Civil y Comercial Córdoba
Artículo 519. Preparación de la vía ejecutiva
La vía ejecutiva podrá prepararse solicitando que:1) El deudor reconozca su firma, cuando el documento no trajere directamente aparejada ejecución.
2) Para la ejecución por alquileres o arrendamientos, el demandado manifieste si es locatario o arrendatario, y en caso afirmativo, exhiba el último recibo.
3) El tribunal señale el plazo dentro del cual deba hacerse el pago, si en el último se estableciere un plazo incierto para que una obligación líquida o liquidable conforme al art. 517.
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
13/03/20 10:15:45
¿Que escrito se presenta cuando se está preparando la vía ejecutiva y el demandado no se presenta?
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