Código Procesal Civil y Comercial Nacional
Artículo 510.
CPCC Artículo 510 Nacional
Consentida o ejecutoriada la resolución que mande llevar adelante la ejecución, se procederá según las reglas establecidas para el cumplimiento de la sentencia de remate, hasta hacerse pago al acreedor.
ADECUACION DE LA EJECUCION.-
Nacional Artículo 510 CPCCN
ADECUACION DE LA EJECUCION.-
Nacional Artículo 510 CPCCN