Imprimir

Código Procesal Civil Artículo 267 Provincia de Mendoza


Derogado

Código Procesal Civil Mendoza
Artículo 267. MEDIDAS ESPECIALES

En el caso de ejecucion de créditos con garantía de prenda con registro, al disponerse se libre mandamiento de pago y embargo y se cite al deudor para la defensa, se ordenara:

1o) hacer saber al encargado del registro prendario la iniciación del proceso y el embargo decretado y que debe informar, en el plazo de tres días, cuales son los contratos inscriptos sobre dichos bienes, su monto, el titular de aquellos y su domicilio.

2o) Hacer saber a las oficinas que perciban patentes o tasas sobre los bienes prendados o que ejerzan fiscalización sobre ellos, la iniciación del proceso y el embargo decretado y que deben informar, en el plazo de tres días, lo que por ellos se adeuda.

3o) El secuestro de los bienes prendados aun cuando se encontraren en poder de terceros o hubieren sido embargados en otra ejecucion.



Provincia de Mendoza Artículo 267 Código Procesal Civil
Artículo 1 ...265 266 267 268 269 ...435

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse