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Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 347 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza
Artículo 347. GESTIÓN Y DISPOSICIÓN DE BIENES

I.- El Administrador deberá gestionar los bienes de la herencia. El Juez puede autorizar al uso de los vehículos de titularidad del causante, siempre que los mismos cuenten con los seguros necesarios para ello.

II.- El Administrador deberá promover la realización de los bienes, con autorización de todos los herederos, o en su defecto con autorización del Juez, en la medida necesaria para el pago de las deudas y legados. En principio se procurará la venta privada de los bienes para el pago de las deudas o en su defecto se ofrecerá a los demás coherederos para que alguno de ellos lo abone conforme las prescripciones de la ley de fondo.

Ante la imposibilidad de la venta privada o el pago de la deuda por parte de algún coheredero, se llevará a cabo subasta pública.



Provincia de Mendoza Artículo 347 Código Procesal Civil, Comercial y Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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