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Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 335 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza
Artículo 335. INICIACIÓN DEL TRÁMITE

Inscripta la sentencia de fallecimiento presunto, con la partida de defunción expedida por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, quienes tengan algún derecho reconocido por las leyes a los bienes dejados por el ausente, podrán promover el proceso sucesorio. Además de los requisitos exigidos en esta sección, el Juez deberá observar lo dispuesto por la ley de fondo respecto de la entrega de los bienes y la prenotación.



Provincia de Mendoza Artículo 335 Código Procesal Civil, Comercial y Tributario
Artículo 1 ...333 334 335 336 337 ...378

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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