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Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 135 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza
Artículo 135. TRÁMITES COMUNES

I.- Mientras subsista el expediente en soporte papel, el envío del mismo deberá cumplirse dentro del plazo de dos (2) días de concedido el recurso o de formada la pieza separada, en su caso, según el procedimiento que se fije por reglamentación.

La remisión del expediente debe hacerse previo cumplimiento de todas las notificaciones y acompañada de la documentación original si la hubiera, los elementos donde conste la reproducción de la documentación, videoconferencias o de las audiencias inicial o final o de cualquier otra audiencia y de todos los expedientes conexos ofrecidos y admitidos como prueba, bajo apercibimiento de multas desde un décimo (1/10) de JUS y de hasta un (1) JUS al funcionario responsable, que serán impuestas por la Cámara que entienda en la causa.

II.- Si el recurso se concediere sin efecto suspensivo o cuando se apelen solamente decisiones accesorias, tratándose de expediente en soporte papel, se dispondrá, a cargo del apelante, la formación de compulsa con copias certificadas de las piezas necesarias para la decisión del recurso, la que se elevará a sus efectos; el expediente permanecerá en el juzgado de origen para la continuación del trámite correspondiente. El apelante deberá acompañar las copias necesarias para la formación de la compulsa, dentro de los cinco (5) días de concedido el recurso, bajo apercibimiento de deserción del recurso.

III.- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán impulsadas de oficio, sin perjuicio del derecho de las partes a instarlas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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