Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero (Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Iniciativa en el proceso
- Artículo 2. Dirección del Proceso
- Artículo 3. Impulso procesal
- Artículo 4. Igualdad procesal
- Artículo 5. Buena fe y lealtad procesal
- Artículo 6. Ordenación del proceso
- Artículo 7. Publicidad del proceso
- Artículo 8. Inmediación procesal
- Artículo 9. Pronta y eficiente administración de justicia
- Artículo 10. Concentración procesal
- Artículo 11. Derecho al proceso
- Artículo 12. Interpretación de las normas procesales
- Artículo 13. Integración de las normas procesales
- Artículo 14. Indisponibilidad de las normas procesales
- Artículo 15. Límites
- Artículo 16. Improrrogabilidad
- Artículo 17. Prórroga expresa o tácita
- Artículo 18. Indelegabilidad
- Artículo 19. Declaración de incompetencia
- Artículo 20. Reglas generales
- Artículo 21. Reglas especiales
- Artículo 22. Procedencia
- Artículo 23. Declinatoria e inhibitoria
- Artículo 24. Planteamiento y decisión de la inhibitoria
- Artículo 25. Trámite de la inhibitoria ante el Juez requerido
- Artículo 26. Suspensión de los procedimientos
- Artículo 27. Contienda negativa y conocimiento simultáneo
- Artículo 28. Recusación con expresión de causa
- Artículo 29. Oportunidad
- Artículo 30. Tribunal competente para conocer de la recusación
- Artículo 31. Forma de deducirla
- Artículo 32. Rechazo in limine
- Artículo 33. Informe del Magistrado recusado
- Artículo 34. Informe de los jueces de primera instancia
- Artículo 35. Consecuencias del contenido del informe
- Artículo 36. Prueba
- Artículo 37. Resolución
- Artículo 38. Trámite de la recusación de los Jueces de primera instancia
- Artículo 39. Efectos
- Artículo 40. Recusación maliciosa
- Artículo 41. Excusación
- Artículo 42. Oposición y efectos
- Artículo 43. Falta de excusación
- Artículo 44. Ministerio Público
- Artículo 45. Organización
- Artículo 46. Indelegabilidad e inmediación
- Artículo 47. Funcionamiento de los Tribunales colegiados
- Artículo 48. Asistencia judicial
- Artículo 49. Imparcialidad, independencia y autoridad del Tribunal
- Artículo 50. Facultades del Tribunal
- Artículo 51. Deberes del Tribunal
- Artículo 52. Responsabilidad del Tribunal
- Artículo 53. Deberes
- Artículo 54. Revocatoria
- Artículo 55. Recusación
- Artículo 56. Partes
- Artículo 57. Capacidad
- Artículo 58. Constitución de domicilio
- Artículo 59. Falta de constitución y de denuncia de domicilio
- Artículo 60. Subsistencia de los domicilios
- Artículo 61. Muerte o incapacidad
- Artículo 62. Sustitución de parte
- Artículo 63. Temeridad o malicia
- Artículo 64. Justificación de la personería
- Artículo 65. Presentación de los poderes
- Artículo 66. Gestor
- Artículo 67. Efectos de la presentación del poder y admisión de la personería
- Artículo 68. Obligaciones del apoderado
- Artículo 69. Alcance del poder
- Artículo 70. Responsabilidad por las costas
- Artículo 71. Cesación de la representación
- Artículo 72. Unificación de la pesoneriá
- Artículo 73. Revocación
- Artículo 74. Representación en caso de intereses difusos
- Artículo 75. Patrocinio obligatorio
- Artículo 76. Falta de firma de letrado
- Artículo 77. Dignidad
- Artículo 78. Principio general
- Artículo 79. Incidentes
- Artículo 80. Allanamiento
- Artículo 81. Vencimiento parcial y mutuo
- Artículo 82. Pluspetición inexcusable
- Artículo 83. Transacción, conciliación, desistimiento, caducidad de instancia
- Artículo 84. Nulidad
- Artículo 85. Litisconsorcio
- Artículo 86. Prescripción
- Artículo 87. Alcance de la condena en costas
- Artículo 88. Procedencia
- Artículo 89. Requisitos de la solicitud
- Artículo 90. Prueba
- Artículo 91. Traslado y resolución
- Artículo 92. Carácter de la resolución
- Artículo 93. Beneficio provisional. Efectos del pedido
- Artículo 94. Alcance
- Artículo 95. Defensa del beneficiario
- Artículo 96. Extensión a otra parte
- Artículo 97. Acumulación objetiva de acciones
- Artículo 98. Litisconsorcio facultativo
- Artículo 99. Litisconsorcio necesario
- Artículo 100. Intervención coadyuvante y litisconsorcial
- Artículo 101. Requisitos y forma de la intervención
- Artículo 102. Procedimiento
- Artículo 103. Intervención necesaria por citación
- Artículo 104. Oposición al llamamiento de terceros
- Artículo 105. LLamamiento de oficio en caso de fraude o colusión
- Artículo 106. Irreversibilidad del proceso
- Artículo 107. Alcances de la sentencia
- Artículo 108. Fundamento y oportunidad
- Artículo 109. Admisibilidad. Requisitos. Reiteración
- Artículo 110. Efectos sobre el principal de la tercería de dominio
- Artículo 111. Efectos sobre el principal de la tercería de mejor derecho
- Artículo 112. Demanda. Sustanciación. Allanamiento
- Artículo 113. Ampliación o mejora del embargo
- Artículo 114. Connivencia entre terceristas y embargado
- Artículo 115. Levantamiento del embargo sin tercería
- Artículo 116. Oportunidad
- Artículo 117. Notificación
- Artículo 118. Efectos
- Artículo 119. Abstención y tardanza del citado
- Artículo 120. Defensa por el citado
- Artículo 121. Citación de otros causantes
- Artículo 122. Procedencia
- Artículo 123. Citación
- Artículo 124. Intervención del deudor
- Artículo 125. Efectos de la sentencia
- Artículo 126. Presencia del Tribunal
- Artículo 127. Comparecencia de las partes
- Artículo 128. Continuidad de las audiencias
- Artículo 129. Documentación de la audiencia
- Artículo 130. Contenido de las actas
- Artículo 131. Idioma. Designación de intérprete
- Artículo 132. Redacción
- Artículo 133. Anotación de peticiones
- Artículo 134. Escrito firmado a ruego
- Artículo 135. Copias
- Artículo 136. Copias de documentos de reproducción dificultosa
- Artículo 137. Expedientes administrativos
- Artículo 138. Documentos en idioma extranjero
- Artículo 139. Cargo
- Artículo 140. Préstamo
- Artículo 141. Devolución
- Artículo 142. Procedimiento de reconstrucción
- Artículo 143. Sanciones
- Artículo 144. Oficios y exhortos dirigidos a Jueces de la República
- Artículo 145. Comunicaciones a autoridades judiciales extranjeras o provenientes de éstas
- Artículo 146. Principio general
- Artículo 147. Notificación tácita
- Artículo 148. Notificación personal o por cédula
- Artículo 149. Contenido de la cédula
- Artículo 150. Firma de la cédula
- Artículo 151. Diligenciamiento
- Artículo 152. Copias de contenido reservado
- Artículo 153. Entrega de la cédula al interesado
- Artículo 154. Entrega de la cédula a personas distintas
- Artículo 155. Contenido del acta
- Artículo 156. Forma de la notificación personal
- Artículo 157. Notificación por otros medios
- Artículo 158. Régimen de la notificación por otros medios
- Artículo 159. Notificación por edictos
- Artículo 160. Publicación de los edictos
- Artículo 161. Formas de los edictos
- Artículo 162. Notificación por radiodifusión o televisión
- Artículo 163. Nulidad de la notificación
- Artículo 164. Días y horas hábiles
- Artículo 165. Habilitación expresa
- Artículo 166. Habilitación tácita
- Artículo 167. Carácter
- Artículo 168. Comienzo
- Artículo 169. Suspensión y abreviación convencional
- Artículo 170. Ampliación
- Artículo 171. Extensión a los funcionarios públicos
- Artículo 172. El plazo para contestar vistas y traslados, salvo disposición en contrario...
- Artículo 173. Juicios de divorcio y de nulidad de matrimonio
- Artículo 174. Providencias simples
- Artículo 175. Sentencias interlocutorias
- Artículo 176. Sentencias homologatorias
- Artículo 177. Sentencia definitiva
- Artículo 178. Voto de los Tribunales colegiados
- Artículo 179. Decisión anticipada
- Artículo 180. Plazos para dictar sentencia
- Artículo 181. Plazos de estudio en los Tribunales colegiados
- Artículo 182. Demora en pronunciar sentencia
- Artículo 183. Responsabilidad
- Artículo 184. Suspensión de plazos
- Artículo 185. Mantenimiento de la competencia
- Artículo 186. Eficacia de las providencias de mero trámite
- Artículo 187. Eficacia de las sentencias interlocutorias y definitivas
- Artículo 188. Eficacia de las sentencias interlocutorias que no ponen fin al proceso
- Artículo 189. Nulidad insubsanable de las resoluciones judiciales
- Artículo 190. Eficacia de la sentencia frente a terceros
- Artículo 191. Efecto de la cosa juzgada en otro proceso
- Artículo 192. Efectos de la cosa juzgada en procesos promovidos en representación de intereses difusos
- Artículo 193. Efectos de la cosa juzgada en procesos con emplazamiento a personas indeterminadas o inciertas
- Artículo 194. Inmutabilidad de la sentencia
- Artículo 195. Actuación del Tribunal posterior a la sentencia
- Artículo 196. Procedencia de la nulidad
- Artículo 197. Subsanación
- Artículo 198. Inadmisibilidad
- Artículo 199. Iniciativa para la declaración. Requisitos
- Artículo 200. Rechazo in limine
- Artículo 201. Efectos
- Artículo 202. Anulación de actos procesales fraudulentos
- Artículo 203. Principio general
- Artículo 204. No suspensión del proceso principal
- Artículo 205. Formación del incidente
- Artículo 206. Requisitos
- Artículo 207. Rechazo in limine
- Artículo 208. Traslado y contestación
- Artículo 209. Recepción de la prueba
- Artículo 210. Prórroga o suspensión de la audiencia
- Artículo 211. Prueba pericial y testimonial
- Artículo 212. Cuestiones accesorias
- Artículo 213. Resolución
- Artículo 214. Tramitación conjunta
- Artículo 215. Incidentes en procesos sumarios y sumarísimos
- Artículo 216. Incidente en audiencia
- Artículo 217. Procedencia
- Artículo 218. Principio de radicación
- Artículo 219. Modo y oportunidad de disponerse
- Artículo 220. Resolución del incidente
- Artículo 221. Conflicto de acumulación
- Artículo 222. Sentencia única
- Artículo 223. Oportunidad y presupuesto
- Artículo 224. Medida decretada por Juez incompetente
- Artículo 225. Trámites previos
- Artículo 226. Cumplimiento y recursos
- Artículo 227. Contracautela
- Artículo 228. Exención de la contracautela
- Artículo 229. Mejora de la contracautela
- Artículo 230. Carácter provisional
- Artículo 231. Modificación
- Artículo 232. Facultades del Juez
- Artículo 233. Peligro de pérdida o desvalorización
- Artículo 234. Establecimientos industriales o comerciales
- Artículo 235. Caducidad
- Artículo 236. Responsabilidad
- Artículo 237. Procedencia
- Artículo 238. Otros casos
- Artículo 239. Demanda por escrituración
- Artículo 240. Situaciones derivadas del proceso
- Artículo 241. Forma de la traba
- Artículo 242. Mandamiento
- Artículo 243. Suspensión
- Artículo 244. Depósito
- Artículo 245. Obligaciones del depositario
- Artículo 246. Prioridad del primer embargante
- Artículo 247. Bienes inembargables
- Artículo 248. Levantamiento de oficio y en todo tiempo
- Artículo 249. Procedencia
- Artículo 250. Ambito
- Artículo 251. Interventor recaudador
- Artículo 252. Interventor informante
- Artículo 253. Disposiciones comunes a toda clase de intervención
- Artículo 254. Deberes del interventor. Remoción
- Artículo 255. Honorarios
- Artículo 256. Inhibición general de bienes
- Artículo 257. Anotación de litis
- Artículo 258. Prohibición de innovar
- Artículo 259. Prohibición de contratar
- Artículo 260. Medidas cautelares genéricas
- Artículo 261. Normas subsidiarias
- Artículo 262. Procedencia
- Artículo 263. Violencia familiar
- Artículo 264. Juez competente
- Artículo 265. Procedimiento
- Artículo 266. Medidas complementarias
- Artículo 267. Aclaración y ampliación
- Artículo 268. Procedencia
- Artículo 269. Plazo y procedimiento
- Artículo 270. Resolución
- Artículo 271. Competencia del Tribunal de Alzada
- Artículo 272. Procedencia
- Artículo 273. Efectos
- Artículo 274. Procedencia de la apelación suspensiva, no suspensiva y diferida
- Artículo 275. Apelación de sentencias definitivas
- Artículo 276. Apelación de sentencias interlocutorias
- Artículo 277. Resolución del Tribunal inferior
- Artículo 278. Procedimiento en segunda instancia
- Artículo 279. Facultades del Tribunal de Alzada
- Artículo 280. Declaración de nulidad en segunda instancia
- Artículo 281. Recursos contra la sentencia del Tribunal de segunda instancia
- Artículo 282. Cumplimiento de la decisión del Tribunal superior
- Artículo 283. Ejecución provisional
- Artículo 284. Nulidad
- Artículo 285. Procedencia
- Artículo 286. Improcedencia
- Artículo 287. Causales de casación
- Artículo 288. Plazo y forma para interponer el recurso
- Artículo 289. Legitimación para interponer el recurso
- Artículo 290. Requisitos de la interposición del recurso
- Artículo 291. Procedimiento de admisibilidad del recurso
- Artículo 292. Efectos del recurso
- Artículo 293. Certiorari
- Artículo 294. Procedimiento ante el Superior Tribunal de Justicia
- Artículo 295. Casación por vicios de fondo o de forma
- Artículo 296. Procedencia
- Artículo 297. Forma de interposición
- Artículo 298. Otorgamiento
- Artículo 299. Suspensión del procedimiento
- Artículo 300. Resolución del recurso
- Artículo 301. Procedencia
- Artículo 302. Competencia
- Artículo 303. Causales
- Artículo 304. Legitimación
- Artículo 305. Plazos
- Artículo 306. Forma del recurso
- Artículo 307. Efecto de la interposición del recurso
- Artículo 308. Procedimiento del recurso
- Artículo 309. Suspensión de los efectos de la resolución impugnada
- Artículo 310. Efectos de la sentencia que resuelve el recurso
- Artículo 311. Irrecurribilidad
- Artículo 312. Costas y costos
- Artículo 313. Procedencia
- Artículo 314. Trámite
- Artículo 315. Procedencia
- Artículo 316. Demanda y competencia
- Artículo 317. Trámite
- Artículo 318. Sentencia
- Artículo 319. Conflicto de poderes
- Artículo 320. Desistimiento del proceso
- Artículo 321. Desistimiento del derecho
- Artículo 322. Revocación
- Artículo 323. Oportunidad y efectos
- Artículo 324. Forma y trámite
- Artículo 325. Efectos
- Artículo 326. Plazos
- Artículo 327. Cómputo
- Artículo 328. Litisconsorcio
- Artículo 329. Improcedencia
- Artículo 330. Contra quiénes se opera
- Artículo 331. Quiénes pueden pedir la declaración. Oportunidad
- Artículo 332. Modo de operarse
- Artículo 333. Resolución
- Artículo 334. Efectos de la caducidad
- Artículo 335. Principio general. Juicio ordinario
- Artículo 336. Procedencia del proceso sumario
- Artículo 337. Reglas especiales para ciertas pretensiones
- Artículo 338. Proceso sumarísimo
- Artículo 339. Acción meramente declarativa
- Artículo 340. Aplicación a todos los procesos
- Artículo 341. Procedimiento
- Artículo 342. Impugnabilidad
- Artículo 343. Medidas especiales
- Artículo 344. Procedimientos
- Artículo 345. Forma y contenido de la demanda
- Artículo 346. Ofrecimiento de todas las pruebas
- Artículo 347. Documentos posteriores o desconocidos
- Artículo 348. Demanda y contestación conjuntas
- Artículo 349. Contralor sobre la demanda
- Artículo 350. Cambio de demanda. Ampliación
- Artículo 351. Efectos de la demanda
- Artículo 352. Traslado de la demanda
- Artículo 353. Demandado domiciliado o residente en la jurisdicción del Juzgado
- Artículo 354. Demandado domiciliado o residente fuera de la jurisdicción
- Artículo 355. Provincia demandada
- Artículo 356. Ampliación y fijación de plazo
- Artículo 357. Demandado incierto o con domicilio o residencia ignorados
- Artículo 358. Demandados con domicilios o residencias en diferentes jurisdicciones
- Artículo 359. Citación defectuosa
- Artículo 360. Excepciones
- Artículo 361. Arraigo
- Artículo 362. Planteamiento de las excepciones y traslado
- Artículo 363. Resolución
- Artículo 364. Plazo
- Artículo 365. Contenido y requisitos
- Artículo 366. Reconvención
- Artículo 367. Traslado de la reconvención y de los documentos
- Artículo 368. Trámite posterior según la naturaleza de la cuestión
- Artículo 369. Audiencia preliminar
- Artículo 370. Contenido de la audiencia preliminar
- Artículo 371. Resoluciones dictadas en la audiencia
- Artículo 372. Audiencia complementaria
- Artículo 373. Necesidad de la prueba
- Artículo 374. Exención de prueba
- Artículo 375. Carga de la prueba
- Artículo 376. Valoración de la prueba
- Artículo 377. Regla de experiencia
- Artículo 378. Producción de la prueba
- Artículo 379. Prueba del derecho
- Artículo 380. Rechazo de la prueba
- Artículo 381. Prueba trasladada
- Artículo 382. Medios de prueba
- Artículo 383. Inapelabilidad
- Artículo 384. Admisibilidad
- Artículo 385. Interrogatorio
- Artículo 386. Posiciones
- Artículo 387. Formas
- Artículo 388. Interrogatorio y absolución fuera del lugar del proceso
- Artículo 389. Confesión
- Artículo 390. Admisibilidad
- Artículo 391. Testigos
- Artículo 392. Exenciones al deber de testimoniar
- Artículo 393. Testigos sospechosos
- Artículo 394. Prueba de las circunstancias de sospecha
- Artículo 395. Petición de la prueba testimonial
- Artículo 396. Citación del testigo
- Artículo 397. Audiencia por declaración
- Artículo 398. Careo
- Artículo 399. Declaración por informe
- Artículo 400. Testigo falso
- Artículo 401. Presentación del documento
- Artículo 402. Documentos en oficinas públicas
- Artículo 403. Documentos en poder de terceros
- Artículo 404. Documentos en poder del adversario
- Artículo 405. Prueba de libros de comercio
- Artículo 406. Autenticidad de los documentos
- Artículo 407. Desconocimiento del documento privado emanado de la parte
- Artículo 408. Redargución de falsedad
- Artículo 409. Reconocimiento de documento privados
- Artículo 410. Cotejo de letras o firmas
- Artículo 411. Documentos admisibles e inadmisibles
- Artículo 412. Documentos incompletos
- Artículo 413. Procedencia
- Artículo 414. Número de peritos por cada especialidad
- Artículo 415. Impedimentos y recusaciones de los peritos
- Artículo 416. Procedimiento. Puntos de pericia
- Artículo 417. Práctica de la prueba
- Artículo 418. Deber del encargo y responsabilidad
- Artículo 419. Observaciones al dictamen
- Artículo 420. Apreciación del dictamen
- Artículo 421. Honorarios de los peritos
- Artículo 422. Inspección judicial
- Artículo 423. Procedimiento de la inspección judicial
- Artículo 424. Reconstrucción de hechos
- Artículo 425. Colaboración para la práctica de la medida probatoria
- Artículo 426. Procedencia
- Artículo 427. Colaboración del informante
- Artículo 428. Facultades de la contraparte
- Artículo 429. Pruebas posteriores a la conclusión de la causa
- Artículo 430. Efectos de las diligencias para mejor proveer sobre los plazos para dictar sentencia
- Artículo 431. Procedimiento
- Artículo 432. Recursos
- Artículo 433. Trámite
- Artículo 434. Resoluciones ejecutables
- Artículo 435. Ejecución provisoria y ejecución definitiva
- Artículo 436. Competencia
- Artículo 437. Suma líquida. Embargo
- Artículo 438. Liquidación
- Artículo 439. Conformidad. Objeciones
- Artículo 440. Citación de venta
- Artículo 441. Excepciones
- Artículo 442. Prueba
- Artículo 443. Resolución
- Artículo 444. Recursos
- Artículo 445. Cumplimiento
- Artículo 446. Adecuación de la ejecución
- Artículo 447. Condena a escriturar
- Artículo 448. Condena a hacer
- Artículo 449. Condena a no hacer
- Artículo 450. Condena a entregar cosas
- Artículo 451. Liquidación en casos especiales
- Artículo 452. Conversión a título ejecutorio
- Artículo 453. Competencia. Recaudos. Sustanciación
- Artículo 454. Eficacia de sentencia extranjera
- Artículo 455. Laudos de Tribunales arbitrales extranjeros
- Artículo 456. Procedencia
- Artículo 457. Opción por proceso de conocimiento
- Artículo 458. Deuda parcialmente líquida
- Artículo 459. Títulos ejecutivos
- Artículo 460. Crédito por expensas comunes
- Artículo 461. Preparación de la vía ejecutiva
- Artículo 462. Citación del deudor
- Artículo 463. Efectos del reconocimiento de la firma
- Artículo 464. Desconocimiento de la firma
- Artículo 465. Caducidad de las medidas preparatorias
- Artículo 466. Firma por autorización a ruego
- Artículo 467. Intimación de pago y procedimiento para el embargo
- Artículo 468. Denegación de la ejecución
- Artículo 469. Bienes en poder de un tercero
- Artículo 470. Inhibición general
- Artículo 471. Orden de la traba. Perjuicios
- Artículo 472. Depositario
- Artículo 473. Deber de informar
- Artículo 474. Embargo de inmuebles o muebles registrables
- Artículo 475. Costas
- Artículo 476. Ampliación anterior a la sentencia
- Artículo 477. Ampliación posterior a la sentencia
- Artículo 478. Intimación de pago. Oposición de excepciones
- Artículo 479. Trámites irrenunciables
- Artículo 480. Excepciones
- Artículo 481. Nulidad de la ejecución
- Artículo 482. Subsistencia del embargo
- Artículo 483. Trámite
- Artículo 484. Excepciones de puro derecho. Falta de prueba
- Artículo 485. Prueba
- Artículo 486. Sentencia
- Artículo 487. Sentencia de remate
- Artículo 488. Notificación al representante del Ministerio Público
- Artículo 489. Juicio de conocimiento posterior
- Artículo 490. Apelación
- Artículo 491. Efecto. Fianza
- Artículo 492. Fianza requerida por el ejecutado
- Artículo 493. Carácter y plazo de las apelaciones
- Artículo 494. Costas
- Artículo 495. Límites y modalidades de la ejecución
- Artículo 496. Recursos
- Artículo 497. Embargo. Sumas de dinero. Liquidación. Pago inmediato
- Artículo 498. Adjudicación de títulos y acciones
- Artículo 499. Martillero. Designación. Carácter de su actuación. Remoción
- Artículo 500. Depósito de los importes percibidos por el martillero. Rendición de cuentas
- Artículo 501. Comisión. Anticipo de fondos
- Artículo 502. Edictos
- Artículo 503. Propaganda. Inclusión indebida de otros bienes
- Artículo 504. Preferencia para el remate
- Artículo 505. Subasta progresiva
- Artículo 506. Posturas bajo sobre
- Artículo 507. Compra en comisión
- Artículo 508. Regularidad del acto
- Artículo 509. Subasta de muebles o semovientes
- Artículo 510. Articulaciones infundadas
- Artículo 511. Embargos decretados por otros Juzgados
- Artículo 512. Recaudos
- Artículo 513. Designación del martillero. Lugar del remate
- Artículo 514. Base. Tasación
- Artículo 515. Domicilio del comprador
- Artículo 516. Pago del precio. Suspensión del plazo
- Artículo 517. Articulaciones infundadas del comprador
- Artículo 518. Pedido de indisponibilidad de fondos
- Artículo 519. Sobreseimiento del juicio
- Artículo 520. Nueva subasta por incumplimiento del postor
- Artículo 521. Falta de postores
- Artículo 522. Perfeccionamiento de la venta
- Artículo 523. Escrituración
- Artículo 524. Levantamiento de medidas precautorias
- Artículo 525. Desocupación de inmuebles
- Artículo 526. Preferencias
- Artículo 527. Liquidación. Pago. Fianza
- Artículo 528. Nulidad de la subasta a pedido de parte
- Artículo 529. Nulidad de oficio
- Artículo 530. Temeridad
- Artículo 531. Ambito
- Artículo 532. Títulos que las autorizan
- Artículo 533. Reglas aplicables
- Artículo 534. Excepciones admisibles
- Artículo 535. Informe sobre condiciones del inmueble hipotecado
- Artículo 536. Tercer poseedor
- Artículo 537. Prenda con registro
- Artículo 538. Prenda civil
- Artículo 539. Procedencia
- Artículo 540. Excepciones admisibles
- Artículo 541. Procedencia
- Artículo 542. Procedimiento
- Artículo 543. Clases
- Artículo 544. Procedencia
- Artículo 545. Procedimiento
- Artículo 546. Anotación de litis
- Artículo 547. Procedencia
- Artículo 548. Procedimiento
- Artículo 549. Objeto de la prueba
- Artículo 550. Medidas precautorias
- Artículo 551. Procedencia
- Artículo 552. Procedimiento
- Artículo 553. Restitución del bien
- Artículo 554. Modificación y ampliación de la demanda
- Artículo 555. Sentencia
- Artículo 556. Procedencia
- Artículo 557. Sentencia
- Artículo 558. Caducidad
- Artículo 559. Juicio posterior
- Artículo 560. Trámite
- Artículo 561. Denuncia de daño temido. Medidas de seguridad
- Artículo 562. Oposición a la ejecución de reparaciones urgentes
- Artículo 563. Oposición a la ejecución de reparaciones urgentes
- Artículo 564. Requisitos
- Artículo 565. Notificación del denunciado
- Artículo 566. Resolución
- Artículo 567. Auto de apertura
- Artículo 568. Prueba
- Artículo 569. Informe social
- Artículo 570. Periodicidad de los controles sociales
- Artículo 571. Curador oficial
- Artículo 572. Medidas precautorias. Internación
- Artículo 573. Pedido de declaración de demencia con internación
- Artículo 574. Calificación médica
- Artículo 575. Traslado de las actuaciones
- Artículo 576. Sentencia. Supuesto de inhabilitación. Recursos. Consulta
- Artículo 577. Costas
- Artículo 578. Rehabilitación
- Artículo 579. Fiscalización del régimen de internación
- Artículo 580. Inserción social del causante
- Artículo 581. Sordomudo
- Artículo 582. Alcoholistas habituales, toxicómanos, disminuidos
- Artículo 583. Pródigos
- Artículo 584. Sentencia. Limitación de actos
- Artículo 585. Divergencias entre el inhabilitado y el curador
- Artículo 586. Recaudos
- Artículo 587. Audiencia preliminar
- Artículo 588. Incomparecencia injustificada del alimentante. Efectos
- Artículo 589. Incomparecencia injustificada de la parte actora. Efectos
- Artículo 590. Incomparecencia justificada
- Artículo 591. Intervención de la parte demandada
- Artículo 592. Sentencia
- Artículo 593. Alimentos atrasados
- Artículo 594. Percepción
- Artículo 595. Recursos
- Artículo 596. Cumplimiento de la sentencia
- Artículo 597. Divorcio decretado por culpa de uno o de ambos cónyuges
- Artículo 598. Trámite para la modificación o cesación de los alimentos
- Artículo 599. Litisexpensas
- Artículo 600. Obligación de rendir cuentas
- Artículo 601. Trámite por incidente
- Artículo 602. Facultad judicial
- Artículo 603. Documentación. Justificación de partidas
- Artículo 604. Saldos reconocidos
- Artículo 605. Demanda por aprobación de cuentas
- Artículo 606. Procedencia
- Artículo 607. Alcance
- Artículo 608. Requisitos de la solicitud
- Artículo 609. Nombramiento del perito. Edictos
- Artículo 610. Actuación preliminar del perito
- Artículo 611. Oposiciones
- Artículo 612. Oportunidad de la mensura
- Artículo 613. Continuación de la diligencia
- Artículo 614. Citación a otros linderos
- Artículo 615. Intervención de los interesados
- Artículo 616. Remoción de mojones
- Artículo 617. Acta y trámite posterior
- Artículo 618. Dictamen técnico administrativo
- Artículo 619. Efectos
- Artículo 620. Defectos técnicos
- Artículo 621. Deslinde por convenio
- Artículo 622. Deslinde judicial
- Artículo 623. Ejecución de la sentencia que dispone el deslinde
- Artículo 624. Trámite
- Artículo 625. Peritos
- Artículo 626. División extrajudicial
- Artículo 627. Procedimiento
- Artículo 628. Procedimiento sumarísimo
- Artículo 629. Procedencia
- Artículo 629 bis. Entrega del inmueble al accionante
- Artículo 630. Denuncia de la existencia de sublocatarios u ocupantes
- Artículo 631. Notificaciones
- Artículo 632. Localización del inmueble
- Artículo 633. Deberes y facultades del notificador
- Artículo 634. Prueba
- Artículo 635. Lanzamiento
- Artículo 636. Alcance de la sentencia
- Artículo 637. Condena de futuro
- Artículo 638. Procedimiento aplicable
- Artículo 639. Competencia
- Artículo 640. Beneficio de litigar sin gastos
- Artículo 641. Representación
- Artículo 642. Alternativas procesales
- Artículo 643. Medidas cautelares
- Artículo 644. Inversión de la prueba
- Artículo 645. Obligación del Tribunal
- Artículo 646. Sentencia. Recursos
- Artículo 647. Incidente de ejecución parcial
- Artículo 648. Título ejecutivo
- Artículo 649. Lanzamiento durante el juicio
- Artículo 650. Vía sumaria. Requisitos de la demanda
- Artículo 651. Propietario ignorado
- Artículo 652. Traslado. Informes sobre domicilio
- Artículo 653. Inscripción de sentencia favorable
- Artículo 654. Procedimiento
- Artículo 655. Objeto de la acción
- Artículo 656. Legitimación pasiva
- Artículo 657. Acumulación de acciones
- Artículo 658. Registro de los juicios
- Artículo 659. Publicidad de la demanda
- Artículo 660. Adhesión a la acción
- Artículo 661. Admisibilidad
- Artículo 662. Sentencia
- Artículo 663. Requisitos de la iniciación
- Artículo 664. Medidas preliminares y de seguridad
- Artículo 665. Simplificación de los procedimientos
- Artículo 666. Administrador provisional
- Artículo 667. Intervención de interesados
- Artículo 668. Intervención de los acreedores
- Artículo 669. Fallecimiento de herederos
- Artículo 670. Acumulación
- Artículo 671. Audiencia
- Artículo 672. Sucesión extrajudicial
- Artículo 673. Providencia de apertura y citación a los interesados
- Artículo 674. Declaratoria de herederos
- Artículo 675. Admisión de herederos
- Artículo 676. Efectos de la declaratoria
- Artículo 677. Ampliación de la declaratoria
- Artículo 678. Testamentos ológrafos y cerrados
- Artículo 679. Protocolización
- Artículo 680. Oposición a la protocolización
- Artículo 681. Citación
- Artículo 682. Aprobación de testamento
- Artículo 683. Designación de administrador
- Artículo 684. Aceptación del cargo
- Artículo 685. Expedientes de administración
- Artículo 686. Facultades del administrador
- Artículo 687. Rendición de cuentas
- Artículo 688. Sustitución y remoción
- Artículo 689. Honorarios
- Artículo 690. Inventario y avalúo judiciales
- Artículo 691. Inventario provisional
- Artículo 692. Inventario definitivo
- Artículo 693. Nombramiento del inventariador
- Artículo 694. Bienes fuera de la jurisdicción
- Artículo 695. Citaciones. Inventario
- Artículo 696. Avalúo
- Artículo 697. Otros valores
- Artículo 698. Impugnación al inventario o al avalúo
- Artículo 699. Reclamaciones
- Artículo 700. Partición privada
- Artículo 701. Partidor
- Artículo 702. Plazo
- Artículo 703. Desempeño del cargo
- Artículo 704. Certificados
- Artículo 705. Presentación de la cuenta particionaria
- Artículo 706. Trámite de la oposición
- Artículo 707. Reputación de vacancia. Curador
- Artículo 708. Inventario y avalúo
- Artículo 709. Trámites posteriores
- Artículo 710. Objeto del juicio
- Artículo 711. Cuestiones excluidas
- Artículo 712. Capacidad
- Artículo 713. Forma del compromiso
- Artículo 714. Contenido
- Artículo 715. Cláusulas Facultativas
- Artículo 716. Demanda
- Artículo 717. Nombramiento
- Artículo 718. Aceptación del cargo
- Artículo 719. Desempeño de los árbitros
- Artículo 720. Recusación
- Artículo 721. Trámite de la recusación
- Artículo 722. Extinción del compromiso
- Artículo 723. Caducidad del proceso arbitral
- Artículo 724. Secretario
- Artículo 725. Actuación del Tribunal
- Artículo 726. Procedimiento
- Artículo 727. Cuestiones previas
- Artículo 728. Medidas de ejecución
- Artículo 729. Contenido del laudo
- Artículo 730. Plazo
- Artículo 731. Responsabilidad de los árbitros
- Artículo 732. Mayoría
- Artículo 733. Recursos
- Artículo 734. Interposición
- Artículo 735. Renuncia de recursos. Aclaratoria. Nulidad
- Artículo 736. Laudo nulo
- Artículo 737. Pago del depósito
- Artículo 738. Alzada
- Artículo 739. Pleito pendiente
- Artículo 740. Jueces y funcionarios
- Artículo 741. Objeto. Clases de arbitraje
- Artículo 742. Normas comunes
- Artículo 743. Recusaciones
- Artículo 744. Procedimiento
- Artículo 745. Plazo
- Artículo 746. Nulidad
- Artículo 747. Costas. Honorarios
- Artículo 748. Régimen
- Artículo 749. Trámite
- Artículo 750. Apelación
- Artículo 751. Trámite
- Artículo 752. Acta
- Artículo 753. Segunda copia de escritura pública
- Artículo 754. Renovación de títulos
- Artículo 755. Trámite
- Artículo 756. Trámite
- Artículo 757. Reconocimiento de mercaderías
- Artículo 758. Adquisición de mercaderías por cuenta del vendedor
- Artículo 759. Venta de mercaderías por cuenta del comprador
- Artículo 760. Casos no previstos
- Artículo 761. Requisitos específicos
- Artículo 762. Efectos de la declaración
- Artículo 763. Aplicación subsidiaria
- Artículo 764. VIGENCIA. APLICACION
- Artículo 765. Respecto de las causas que se hubieran promovido con anterioridad a esa...
- Artículo 766. Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial
Otras regulaciones
Código Contencioso Administrativo Código Fiscal Código Procesal Penal Código ContravencionalMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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