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Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Artículo 512 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 512. Recaudos

Antes de ordenar la subasta el Juez requerirá informes: 512.1. Sobre la deuda por impuestos, tasas y contribuciones. 512.2. Sobre las deudas por expensas comunes, si se tratare de un bien sujeto al régimen de propiedad horizontal. 512.3. Sobre las condiciones de dominio, embargo e inhibiciones, según las constancias del registro de propiedad inmueble. Los informes tendrán una vigencia de sesenta (60) días, a cuyo vencimiento deberán ser actualizados. 512.4. Sin necesidad de intimar previamente la agregación del título original, con la del oficio de embargo, el Juez, a pedido del ejecutante, autorizará a su letrado a requerir directamente copia del título de propiedad, la que será válida a los efectos de la subasta,sin necesidad de atestación de inscripción registral en la misma, si ella surgiere de los certificados de dominio acompañados. Tal registración no podrá ser exigida en la copia por el notario que intervenga en la protocolización, en caso de subasta. El requerimiento de certificaciones a efectos de la subasta será suscripto por el letrado, sin necesidad de resolución judicial, con la sola mención de su finalidad. En los casos previstos por los apartados 1 y 2, si se produjere negativa u omisión de despacho, dentro del décimo día de solicitado, se subastará el bien sin deuda o gravamen, respecto del que se trate. 512.5. Podrá comprobarse judicialmente el estado de ocupación del bien si las circunstancias así lo aconsejaren.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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