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Código Fiscal Artículo 378 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 378. PROPIETARIO O DOMICILIOS DESCONOCIDOS

En los casos de inmuebles cuyos dueños no sean individualizados o sus domicilios fueran desconocidos y carezca de poseedores a titulo de dueño, la repartición oficial ejecutora de la obra, deberá efectuar una publicación por 3 (tres) días alternados en el BOLETIN OFICIAL y en otro diario de la Provincia, emplazando al propietario del bien cuyas características, ubicación y linderos se i ndicaran para que en un plazo de 10 (diez) días contados desde la última publicación, presente el titulo de propiedad o constituya domicilio.

Vencido dicho plazo sin que el propietario haya cumplido con el emplazamiento, se le aplicara una multa equivalente al 20% (veinte por ciento) de la Contribución de Mejoras que le corresponda pagar, salvo que se acredite que ha mediado justa causa para no comparecer.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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