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Código Fiscal Artículo 265 Provincia del Neuquén


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Neuquén
Artículo 265. Contratos indeterminados. Declaración jurada. Determinación de oficio

Cuando el valor de los actos, contratos u operaciones sujetos a impuesto proporcional sea indeterminado, las partes estimarán dicho valor por declaración jurada, la estimación se fundará en el rendimiento de convenios y prestaciones similares anteriores -si las hubiere- o en los valores inferibles de negocios, inversiones, erogaciones, etc., vinculadas al contrato y en general en todo elemento de juicio de significación a este fin existente a la fecha de la celebración del acto.

Cuando se fije como precio el corriente en fecha futura, se pagará el impuesto con arreglo al precio de plaza en la fecha del otorgamiento. A estos efectos las dependencias técnicas del Estado asesorarán a la Dirección cuando lo solicite. La estimación realizada por las partes podrá ser impugnada por la Dirección, quien la practicará de oficio sobre la base de los mismos elementos de juicio señalados en este artículo.

Cuando a criterio de la Dirección existan elementos para determinar el valor económico del acto, contrato u operación, y las partes declaren que no puede efectuarse estimación, se realizará determinación de oficio.

A falta de elementos suficientes para practicar una estimación razonable del valor económico atribuible al contrato se aplicará el impuesto fijo que determina la Ley Impositiva.

Los instrumentos en que las partes reconozcan un mayor valor al determinado en convenios anteriores deberán abonar la diferencia de impuesto correspondiente.

Provincia del Neuquén Artículo 265 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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