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Código Fiscal Artículo 230 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal La Pampa
Artículo 230. OBJETO. DEFINICIÓN

Estarán sujetos al Impuesto de Sellos, de conformidad con las disposiciones del presente Título, los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso, formalizados en el territorio de la Provincia, suscriptos en instrumentos públicos o privados que exterioricen la voluntad de las partes.

Asimismo, están gravados:

a) Los actos, contratos y operaciones realizados por correspondencia;

b) las operaciones monetarias registradas contablemente que representen entregas o recepciones de dinero, que devenguen intereses efectuadas por entidades financieras regidas por la Ley Nacional N° 21.526 y sus modificatorias, con asiento en la Provincia, aunque se trate de sucursales o agencias de una entidad con domicilio legal fuera de ella;

c) los contratos de seguros, únicamente cuando cubran riesgos sobre cosas situadas o personas domiciliadas en la Provincia;

d) los créditos o financiaciones que se materialicen a través de tarjetas de crédito o de compras.

Los instrumentos que no consignen lugar de otorgamiento, se reputarán otorgados en jurisdicción provincial, sin admitirse prueba en contrario.

Los instrumentos por los cuales los adherentes a los sistemas de operaciones de capitalización, acumulación de fondos, de formación de capitales y de ahorro para fines determinados manifiesten su voluntad de incorporarse a los mismos se presumen realizados en la Provincia de La Pampa, cuando los adherentes tengan domicilio real en la misma.

No se encuentran gravados los actos, contratos y operaciones que constituyan, transmitan, modifiquen o extingan cualquier derecho sobre bienes situados fuera de la jurisdicción provincial.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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