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Código Fiscal Artículo 262 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Jujuy
Artículo 262.

A pedido del contribuyente que cumpla con los requisitos, y el convenio que establezca la reglamentación, el organismo competente podrá reasignarle hasta un tercio de la suma que corresponda tributar de acuerdo al Capítulo IV en concepto del derecho de explotación minera a que se refiere este Título, destinado exclusivamente a "laboreo de Exploración" en blancos geológicos que revistan interés tanto para el contribuyente como para la Provincia. Los trabajos de tal laboreo, serán medidos y certificados como para la Provincia. Los trabajos de tal laboreo, serán medidos y certificados mensualmente por el Organismo competente. Los blancos geológicos podrán estar dentro o fuera del yacimiento del contribuyente, pero siempre dentro del territorio provincial.

A los fines de este artículo, se atenderá por "laboreo de Exploración", a los trabajos mineros que se establezcan en la reglamentación. Serán reconocidos los métodos de exploración indirecta que tengan fundamentación geofísica o geoquímica y cuya efectiva realización sea constatada por el organismo competente. No podrán certificarse trabajos exploratorios realizados antes de la vigencia de la presente ley.

La reasignación de modo alguno podrá implicar reembolsos del Fiscal a favor del contribuyente.

Para que los contribuyentes puedan acogerse a los incentivos previstos en el presente artículo, éstos deberán dar cumplimiento con los requisitos y convenios que establezca la reglamentación, tendiente a que el contribuyente ejecute los planes previamente aprobados por el órgano de aplicación en lo concerniente a:

1) Realizar inversiones tendientes a la incorporación de tecnología, mano de obra intensiva;

2) Realizar programas tendientes a mejorar la calidad de vida de sus empleados.

La ejecución de los planes previstos en el presente artículo serán controlados, medidos y certificados por el órgano competente.

Provincia de Jujuy Artículo 262 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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