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Código Fiscal Artículo 234 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Formosa
Artículo 234.

Para las compañías de seguros o reaseguros y de capitalización y ahorro, se considera monto Imponible aquel que implique una remuneración de los servicios o un beneficio para la entidad. Se Conceptúan especialmente en tal carácter:

a) La parte que sobre las primas, cuotas o aportes se afecte a gastos generales, de administración, Pago de dividendos, distribución de utilidades y otras obligaciones a cargo de la institución.

b) Las sumas ingresadas por locación de bienes Inmuebles y la renta de valores mobiliarios no exenta Del gravamen, así como las provenientes de cualquier otra Inversión de sus reservas. No se computarán Como ingresos, la parte de las primas de seguros destinadas a reservas matemáticas y de riesgos en curso, Reaseguros pasivos y siniestros y otras obligaciones con asegurados.



Provincia de Formosa Artículo 234 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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