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Código Electoral y de Partidos Políticos Artículo 161 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Electoral y de Partidos Políticos Río Negro
Artículo 161. Entrega de útiles electorales

La Secretaría Electoral entregará a los Juzgados de Paz, con destino al presidente de cada mesa, los siguientes documentos y útiles:

a) Tres ejemplares de los Registros Electorales para la mesa.

b) Una urna debidamente sellada y cerrada.

c) Sobres para el voto.

d) Un ejemplar de cada una de las boletas oficializadas, rubricadas y selladas por el Secretario Electoral.

e) Boletas, en el caso de que los partidos políticos las hubieren suministrado para su distribución. La cantidad a remitirse por mesa y la fecha de entrega por parte de los partidos políticos, serán establecidas por el Tribunal Electoral, conforme a las posibilidades y exigencias de los medios de transporte.

f) Sellos de la mesa, sobres para devolver la documentación impresos, papel, lapiceras, etc., en cantidad necesaria.

g) Un ejemplar de la presente Ley y su decreto reglamentario.

Los despachos serán hechos con anticipación suficiente para que puedan ser recibidos en el lugar en que funcionará la mesa, a la apertura del acto electoral.

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en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)


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