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Código de Faltas Artículo 51 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código de Faltas Santa Fe
Artículo 51. Contenido de la audiencia de descargo

En la audiencia el juez procederá a interrogar al imputado a los fines de su identificación, le hará conocer su derecho a declarar o de abstenerse de hacerlo, sin que ello implique presunción en su contra, y de nombrar defensor si lo quisiere. Seguidamente, el magistrado indagará al imputado sobre el hecho que se le atribuye, pudiendo éste expresar todo cuanto considere conveniente en su descargo o aclaración de los hechos y ofrecer las pruebas que estime oportunas en el mismo acto o dentro de los cinco días siguientes. Vencido dicho término si no hubiere otras pruebas ofrecidas pendientes de producción, el juez dictar sentencia sin más trámite.



Provincia de Santa Fe Artículo 51 Código de Faltas
Artículo 1 ...49 50 51 52 53 ...141

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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