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Código de Faltas Artículo 24 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Faltas Buenos Aires
Artículo 24.

Cuando la infracción fuera cometida por un menor de diez y ocho (18) años, se observarán las siguientes reglas:

a.- Si el menor no registra antecedentes penales o contravencionales, se aplicará la pena en forma condicional, notificando de ello al padre, tutor o guardador.

b.- Si registrara antecedentes, se aplicará la sanción correspondiente y una vez cumplida, será entregado a sus padres, tutores o guardadores. En todos los casos se informará al tribunal de menores competentes, detallando la infracción y la pena aplicada. Asimismo se pondrá el menor a su disposición si no tuviere padres, tutores o guardadores o fuere evidente que se encuentra moral o materialmente abandonado u ofreciere problemas graves de conducta.Igual procedimiento se observará cuando un menor de 21 años de edad fuere víctima de una falta.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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