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Código de Aguas Artículo 71 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código de Aguas Buenos Aires
Artículo 71. Reducción del canon

Todo aquel concesionario que utilice métodos mas racionales de aprovechamiento del agua como reuso, reducción de consumo por la unidad de producción, red dual, utilización de aguas de menor calidad o de mayor contenido salino en reemplazo de aguas de mejor calidad, tecnología secas o mayor eficiencia en intercambiadores y en centrales de energías, y que demuestre una reducción de consumo en términos reales establecidos mediante la diferencia entre los volúmenes derivados de un curso o extraídos del subsuelo y aquellos reintegrados a la misma fuente sin alteraciones significativas en sus características, físicas, químicas y biológicas, tendrá derecho a beneficiarse con la reducción del canon y tendrá prioridad frente a otros solicitantes en el momento de renovar la concesión.



Provincia de Buenos Aires Artículo 71 Código de Aguas
Artículo 1 ...69 70 71 72 73 ...187

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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