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Código Contravencional Artículo 58 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Contravencional Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 58. Acta de Constatación de una Contravención Confeccionada por Funcionario Público

El acta de constatación de una contravención confeccionada por un funcionario público será considerada un instrumento público en los términos del artículo 293 del Código Penal.

Deberá ser claramente legible en todas sus partes y contener:

a) lugar, fecha y hora del Acta;

b) lugar, fecha y hora de la comisión del hecho u omisión punible, cuando fuere posible determinarlos;

c) la naturaleza y circunstancias del hecho, características de los elementos, instrumentos o vehículos empleados para cometer la contravención;

d) el tipo contravencional de este Código presuntamente infringido;

e) el nombre y domicilio del infractor, si fuera posible determinarlo;

f) la constancia de la notificación al presunto contraventor, si estuviere presente, de su derecho a ser asistido por un defensor particular, así como del derecho a ser asistido por el defensor oficial en caso de no ejercer aquél derecho;

g) el nombre y domicilio de los testigos y del denunciante, si los hubiere;

h) las pruebas colectadas;

i) las medidas preventivas dispuestas; y j) la firma del funcionario con aclaración de su nombre completo, cargo y número de legajo o matrícula.

El Acta así formulada hace civil y penalmente responsable de su autenticidad al funcionario que la suscribe.

Cuando el presunto infractor estuviere presente el funcionario responsable le entregará copia del Acta labrada.

Serán nulas las constataciones formuladas en actas que no fueren claramente legibles o que les falten algunos de los requisitos exigidos por este artículo.

Las actas de constatación deberán ser presentadas ante el Ministerio Público Fiscal dentro de los dos (2) días.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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