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Código Contravencional Artículo 34 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Contravencional Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 34. Instrucciones Especiales

Las instrucciones especiales consisten en el sometimiento del contraventor a un plan de conducta establecido por el Juez, que no podrá superar el plazo de veinticuatro (24) meses. Las instrucciones podrán consistir, entre otras, en asistir a determinados cursos especiales, en participar en programas individuales o de grupos de organismos públicos o privados, que le permitan modificar los comportamientos que hayan incidido en la realización de la conducta sancionada.

El Juez no podrá impartir instrucciones especiales cuyo cumplimiento sea vejatorio para el contraventor, que afecten sus convicciones, su privacidad, que sean discriminatorias o que se refieran a pautas de conducta no directamente relacionadas con la contravención cometida.

Durante el término de duración de estas instrucciones especiales el contraventor deberá solicitar la autorización del Juez Contravencional para abandonar la Provincia en forma temporaria o definitiva.

El contraventor estará sometido a contralor judicial en lo que al cumplimiento de las instrucciones especiales respecta. El Juez deberá instruirlo para que comparezca periódicamente a darle cuenta de su cumplimiento y tomar, además, todas las medidas que crea necesarias para el control de su conducta.

En caso de que una contravención se hubiera cometido en ocasión del desarrollo de actividades realizadas en nombre, al amparo o beneficio de una persona de existencia ideal, el Juez podrá ordenar, a cargo de ésta, la publicación de la parte dispositiva de la sentencia condenatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en el medio gráfico provincial de mayor circulación.

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 34 Código Contravencional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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