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Código Contravencional Artículo 82 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Contravencional Ciudad de Buenos Aires
Artículo 82. Ruidos molestos

Quien perturba el descanso o la tranquilidad pública mediante ruidos que por su volumen, reiteración o persistencia excedan la normal tolerancia, es sancionado/a con uno (1) a cinco (5) días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos ($ 200) a un mil ($ 1.000) pesos.

Cuando la conducta se realiza en nombre, al amparo, en beneficio o con autorización de una persona de existencia ideal o del titular de una explotación o actividad, se sanciona a éstos con multa de seiscientos ($ 600) a diez mil ($ 10.000) pesos.

No constituye contravención el ensayo o práctica de música fuera de los horarios de descanso siempre que se utilicen dispositivos de amortiguación del sonido de los instrumentos o equipos, cuando ello fuera necesario.

Admite culpa.

Acción dependiente de instancia privada.



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Los comentarios de los usuarios

HOLA, Mary Burgess! ¿que dice la administracion de su consorcio?

Deberia enviar carta documento con sus reclamos a la administracion del edificio vecino.-

[email protected]

Quedo a su disposición: https://www.linkedin.com/pub/carlos-alberto-alonso/b/95/89b

Saluda a Ud.-

Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso, Av. Corrientes 2.565, piso 11, of. 2, Cap. Fed., tel. 4981-6483.-


Dirección: Corrientes 2565, piso 11, of. 2, Cap. Fed.-

Email: [email protected]

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Buenos días! Yo vengo luchando hace años con algo similar. Padezco ruidos molestos por las bombas de agua en mal funcionamiento del edificio lindero (Juncal 858). El ruido se percibe sobre la medianera donde se encuentra emplazada la cabecera de mi cama y sigue propagándose por el resto de la vivienda. Un desastre realmente! Ya no sé qué hacer. Las bombas se encienden 2 veces al día c/12 horas o a veces más. El zumbido, la vibración, el ruido a caños sueltos que hacen cuando se encienden es insoportable y para rematarla cuando cortan hacen un repiqueteo de caños espantoso. Pero claro! los molestos tapan todo, niegan y mienten; y como si todo eso fuera poco cuando uno va a reclamar nos miran con mala cara.

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Vivo en una casa en Belgrano R que linda con otra casa. Mi vecino conecta todas las noches a las 22.00 horas un motor para riego que hace vibrar a la medianera por un espacio de 30 minutos y ese ruido se extiende por toda la casa. En verano la prende hasta tres veces por día !! He hecho la denuncia a fiscalía quien me dijo que no era de su competencia. A quién debo dirigirme? Las mediaciones por zoom no me han dado resultado.

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Cuando van a actualizar el monto de la multa por ruidos molestos? Es una ley del año 2004 y veo que no se actualiza con la inflacion que hubo en 16 años. Hace mucho tiempo que los ciudadanos de CABA sufrimos problemas de ruidos de comercios, vecinos, etc y perdemos tiempo y salud con mediaciones o juicios que terminamos pagando mas los damnificados en abogados que los culpables. El tema de los ruidos es muy estresante. Una sociedad no puede funcionar bien con ese terrible problema porque terminamos medicados y no pudiendo rendir en nuestros trabajos y por ende en la economia de un país. Por favor actualicen las multas para tener UNA MEJOR CONVIVENCIA. La provincia de Mendoza lo ha hecho y la gente vive mejor en todo sentido, ES UN TEMA MUY IMPORTANTE! Gracias y ojalá sirva mi comentario

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Buenas tardes. a partir de que horario serian ruidos molestos (21 hs o 22 hs) en el Reglamento del Edificio no figuran horarios

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Buenos días : Tengo muchos inconvenientes con aparatos de aire acondicionado que tienen mis vecinos unos, por ruidosos, otros por estar apoyados sobre una pared lindera. Ya avisé amablemente varias veces pero no desisten No me permite el descanso nocturno. Espero su respuesta Gracias

La última vez era editado: 12/05/20 09:19:50
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