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Cesión de jurisdicción al Estado nacional Artículo 4 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Cesión de jurisdicción al Estado nacional Nacional
Artículo 4.

Acéptanse las condiciones por las que la provincia de Tucumán ha efectuado la cesión de jurisdicción al Estado nacional, previstas en el artículo 3º de la Ley de la provincia de Tucumán 8980 y su modificatoria 9041. En lo que respecta a la condición establecida en el artículo 3°, inciso 2) de la Ley de la provincia de Tucumán 8980 y su modificatoria 9041, se excluye de la presente ley la superficie donde se realizarán las obras complementarias de electrificación, hídricas, hidroeléctricas y viales correspondientes al Complejo Hidroeléctrico Multipropósito de los ríos Las Cañas-Gastona-Medina, conforme surge del proyecto que como Anexo III se adjunta -Informe Perfil del Proyecto producido por el Ministerio del Interior Obra Pública y Vivienda de la Nación denominado "Complejo Hídrico Multipropósito de los ríos Las Cañas-Gastona-Medina" de fecha noviembre de 2016-, así como cualquier otra que fuera necesaria realizar a los fines del proyecto que se plantea y ejecuta conjuntamente entre las provincias de Catamarca, Tucumán y el Gobierno de la Nación Argentina.



Nacional Artículo 4 Cesión de jurisdicción al Estado nacional
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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