Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Concordia, Distrito Suburbio, Centro Rural de Población Colonia General Roca Lote 29, Plano de Mensura N°62.812 (Centro Rural de Población Colonia General Roca Lote 29) Provincia de Entre Ríos
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de inmueble ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Concordia, Distrito Suburbio, Centro Rural de Población Colonia General Roca Lote 29, Plano de Mensura N°62.812 Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble propiedad...
- Artículo 2. La presente ley se aplicará conforme a las normativas vigentes en la materia...
- Artículo 3. El gasto previsto para la. presente expropiación, conforme a tasación, será...
- Artículo 4. Comunfquese, etcétera
Otras regulaciones
Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar donaciones de inmuebles de la Municipalidad de Concepción del Uruguay Incorporación al plan de obras públicas aprobado por el artículo 21º de la Ley de Presupuesto Nº 10.754, la obra de Optimización del sistema de captación de agua cruda Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles establecidos en la Ordenanza N° 37.597 Autorización al Poder Ejecutivo a disponer la capitalización de la Compañía Entrerriana de Tierra S.E Adhesión provincial a la promoción y concientización pública acerca de la importancia de la lactancia maternaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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