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Caja de Previsión Social para el personal del Banco Artículo 88 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Caja de Previsión Social para el personal del Banco La Pampa
Artículo 88.

las resoluciones del Directorio, y del Presidente cuando actue por delegación, serán recurribles por vía de reposición ante el Directorio, dentro de los cinco (5) días de notificadas. Las resoluciones definitivas del Directorio y las resoluciones de la Asamblea, podrán recurrirse ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial, dentro de los diez (10) días de su notificación. Previo a resolver, la Cámara correrá traslado de las actuaciones a la Caja por cinco (5) días. El procedimiento ante la Justicia será el que determine la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscirpción Judicial de acuerdo con la naturaleza del caso.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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