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Caja de Previsión Social para el personal del Banco Artículo 54 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Caja de Previsión Social para el personal del Banco La Pampa
Artículo 54.

Se otorgará un "Complemento Previsional" igual a la suma que resulte de aplciar un porcentaje, determinado sobre la base de estudios actuariales, aplicado sobre la diferencia entre el haber de jubilación o de pensión y el Haber de referencia al Cese a que se refiere el párrafo siguiente. Para el caso de pensión, de acuerdo con el porcentaje aplicable al grupo familiar beneficiario. El "Haber de Referencia al Cese" será igual al promedio de las remuneraciones sujetas a aportes durante los últimos cinco (5) años previos al cese, considerando valores vigentes para cada cargo ocupado al mes inmediato anterior al mes del cese asignándose a ese valor una categoría dentro del escalafón, multiplicando el resultado por el cociente entre la cantidad de años de servicios con aportes en el régimen provincial para el personal del Banco de La Pampa (Ley 1369 y la presente Ley) y la cantidad de años de servicios que requiere el sistema para obtener la jubilación ordinaria. Dicho cociente no podrá superar la unidad. En los casos de jubilación por invalidez, si la suma del "Complemento Previsional" y "el Haber Jubilatorio Proyectado de Referencia" a que se refiere el artículo 46, resultara inferior al setenta por ciento (70%) del promedio de las remuneraciones sujetas a aportes durante los cinco (5) años previos al cese, considerando valores vigentes para cada cargo ocupado al mes inmediato anterior al mes del cese, asignándose a ese valor una categoría dentro del escalafón, se reajustará el cálculo del "Complemento Previsional" hasta que la suma alcance dicho porcentaje. * ULTIMO PARRAFO DEROGADO POR LEY 2315 PRESUPUESTO 2007- (BO 2717-5/1/07)

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Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?

Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.

No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.


Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?


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