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Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén Artículo 9 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén Nacional
Artículo 9.

Una vez efectuada la mensura definitiva, el Poder Ejecutivo Nacional a través de  la  autoridad  de  aplicación  correspondiente  y la  Comunidad  Mapuche  Curruhuinca  acordarán la  forma  de  delimitar  aquellos  sectores  que  carezcan de límites geográficos naturales.


Nacional Artículo 9 Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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