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Autorización del banco central de la republica Argentina para actuar como Casa de Cambio Artículo 2 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Autorización del banco central de la republica Argentina para actuar como Casa de Cambio Nacional
Artículo 2.

La reglamentación que se dicte establecerá:

a) Operaciones que en cada caso podrán realizarse según la índole de la autorización conferida y sus límites operativos;

b) Requisitos de los pedidos de autorización y condiciones de solvencia y responsabilidad de los solicitantes;

c) Capital mínimo, garantías a exigirse, régimen de incompatibilidades con otras actividades, obligaciones y requisitos necesarios;

d) Libros, documentación y antecedentes que deberán llevar las CASAS DE CAMBIO, AGENCIAS DE CAMBIO u OFICINAS DE CAMBIO, obligaciones informativas e inspecciones a que estarán sujetas;

e) Causas de revocación de la autorización conferida.

(NOTA DE REDACCION: ARTICULO DEROGADO POR DNU 27/2018)



Nacional Artículo 2 Autorización del banco central de la republica Argentina para actuar como Casa de Cambio
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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