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Aprobando el Convenio de Energía Atómica e INVAP S.E. para la instalación del Centro de Medicina Nuc Artículo 2 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Aprobando el Convenio de Energía Atómica e INVAP S.E. para la instalación del Centro de Medicina Nuclear y Radioterapia La Pampa
Artículo 2.

Autorízase al Poder Ejecutivo, a llevar adelante las acciones y medidas pertinentes para transferir la propiedad a favor del Estado Nacional de la superficie necesaria para la construcción del edificio, estacionamiento y espacios verdes de la obra mencionada en el artículo anterior, la que será emplazada en el extremo Noreste, sobre la calle Raúl B. Díaz, del inmueble denominado como: Ejido 047, Circunscripción 01, Chacra 005, Parcela 5.



Provincia de La Pampa Artículo 2 Aprobando el Convenio suscripto entre la Provincia de La Pampa, el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, la Comisión Nacional de Energía Atómica e INVAP S.E. para la instalación del Centro de Medicina Nuclear
Artículo 1 2 3 4

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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