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Aprobando convenios únicos de colaboración y transferencia suscriptos con la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, con la finalidad de otorgar asistencia financiera a municipios y comisiones de fomento (Aprobando convenios únicos de colaboración y transferencia ) Provincia de La Pampa

Descargar gratis Aprobando convenios únicos de colaboración y transferencia suscriptos con la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, con la finalidad de otorgar asistencia financiera a municipios y comisiones de fomento LEY 2.799, 5 de Diciembre de 2014 (.doc)
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Aprobando convenios únicos de colaboración y transferencia suscriptos con la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, con la finalidad de otorgar asistencia financiera a municipios y comisiones de fomento Provincia de La Pampa


Otras regulaciones

Estableciendo con carácter general y temporario la vigencia de un régimen excepcional Incrementando el total del cálculo de recursos destinados a atender erogaciones Ley de Hidrocarburos Régimen Excepcional de Normalización Fiscal para la Construcción y Acceso a la Vivienda Día Provincial del Trabajador Ferroviario
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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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