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Agencia de Recaudación Fueguina: Creación Artículo 2 Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Agencia de Recaudación Fueguina: Creación Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Artículo 2.

Fusiónese en el ámbito de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) a las dependencias del Ministerio de Economía que se detallan a continuación:

a) Secretaría de Ingresos Públicos;

b) Subsecretaría de Catastro;

c) Dirección Provincial de Asuntos Dominiales;

d) Dirección Provincial de Catastro;

e) Dirección Provincial de Información Territorial; y la f) Dirección General de Rentas.

La Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) ejercerá todas las competencias, facultades, derechos y obligaciones que le fueran originalmente asignadas a las dependencias fusionadas por la presente ley.

Todas las referencias que las normas legales y reglamentarias vigentes hagan a las dependencias citadas precedentemente, su competencia o autoridades, se considerarán hechas a la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF).

Los cargos y secretarías de las dependencias fusionadas por la presente pasarán a formar parte íntegra de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF). A tal efecto, se faculta al Ministerio de Economía a reasignar las partidas presupuestarias que correspondan a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente párrafo.



Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 2 Agencia de Recaudación Fueguina (AREF): Creación
Artículo 1 2 3 4 ...28

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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