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Adhiere a la ley nacional 24.449 Artículo 4 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Adhiere a la ley nacional 24.449 Río Negro
Artículo 4.

Créase el Registro Provincial de Antecedentes del Tránsito, el cual funcionará en el ámbito de la Secretaría de Seguridad y Justicia. En el mismo se registrarán los datos personales de los infractores, las infracciones cometidas y las sanciones que se apliquen, los accidentes ocurridos en el territorio provincial y demás información útil a los fines del presente, el que debe ser consultado, previo a cada trámite de obtención de la licencia de conducir, su renovación o al dictado de sentencia. Efectuará las estadísticas accidentológicas, debiendo coordinar su actividad con el Registro Nacional de Antecedentes del Tránsito, así también, estará a su cargo la expedición de la licencia de conductor, una vez concluido el trámite de obtención, que deberá ser realizado por ante cada una de las municipalidades en las cuales tenga su domicilio el peticionante. Las tasas y contribuciones que dicho trámite generen, deberán ser obladas por ante el municipio respectivo. Para los fines antes propuestos, se invitará a los municipios a suscribir convenios de adhesión, cuyas condiciones se establecerán en la reglamentación.



Provincia de Río Negro Artículo 4 La provincia de Rio Negro adhiere a la ley nacional 24.449 ley de transito para libertad de circulacion - automotores - autopistas - educacion vial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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