Adhesión de la Provincia de Entre Rios a la Ley Nacional N° 27.260 (Adhesión de la Provincia de Entre Rios a la Ley Nacional N° 27.260) Provincia de Entre Ríos
Adhesión de la Provincia de Entre Rios a la Ley Nacional N° 27.260 Provincia de Entre Ríos
- Artículo 1. La Provincia de Entre Ríos adhiere a la Ley Nacional N° 27.260,...
- Artículo 2. A los fines de que proceda el beneficio dispuesto en el Artículo precedente,...
- Artículo 3. La excepción de pago en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido en...
- Artículo 4. Los sujetos a que hace referencia el Artículo 10 de la presente ley, gozarán...
- Artículo 5. Cuando los sujetos a que hace referencia el articulo 1 no den cumplimiento a...
- Artículo 6. Facúltase a la Administradora Tributaria de Entre Ríos a dictar las normas...
- Artículo 7. Invítase a los municipios de la Provincia a adherir al régimen de...
- Artículo 8. Comuníquese, etcétera.
Otras regulaciones
Instituye Régimen de Apoyo a Instituciones Deportivas de la Provincia Establecen límites jurisdiccionales de la Comuna Colonia Hocker, Distrito Segundo del Departamento Colón Instituye el 21 de mayo como el Día de los/as afroentrerrianos/as y la Cultura afrolitoraleña Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia a aceptar donaciones de inmuebles de la Municipalidad de Concepción del Uruguay Adhiérese la Provincia de Entre Ríos a la Ley Nacional N° 27.553Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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