Adhesión al título i de la ley nacional 27.348, complementaria de la ley sobre Riesgos del Trabajo - modificación ley provincial 147 (Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero) (Adhesión al título i de la ley nacional 27.348) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Adhesión al título i de la ley nacional 27.348, complementaria de la ley sobre Riesgos del Trabajo - modificación ley provincial 147 (Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- Artículo 1. Adhiérese la Provincia de Tierra del Fuego al Título I de la Ley...
- Artículo 2. Encomiéndase al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios de...
- Artículo 3. Determínese que los recursos ante el fuero laboral aludidos en el artículo...
- Artículo 4. Incorpórese el tercer párrafo al artículo 639 de la Ley Nº...
- Artículo 5. La presente entrará en vigencia a los veinte (20) días de su promulgación.
- Artículo 6. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Adhesión al Sistema Voluntario de Declaración de tenencia de Moneda Nacional y Extranjera Fiesta Provincial del Gaucho Fueguino Creación del Área Natural Protegida Península Mitre Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego: Creación Declárese Emergencia de la Infracestructura Edilicia de Establecimientos EducativosMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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