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Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 Artículo 18 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 Misiones
Artículo 18.

La autoridad de aplicación, previa consulta con la CAT, podr destinar anualmente hasta un porcentaje de las partidas asignadas disponibles para ayudar a los productores de ganado caprino que en casos debidamente justificados a criterio de la autoridad de aplicación y habiendo obtenido los beneficios de la ley, se encuentren en situación de crisis debido a fenómenos naturales adversos de car cter extraordinario y/u otras causas que afecten gravemente y en forma generalizada al sector productivo caprino. Esta ayuda podr consistir en subsidios, créditos en condiciones favorables o cualquier otra alternativa que la autoridad de aplicación considere conveniente para lograr superar o atenuar la situación de crisis.

Para acogerse a estos beneficios no se requerir presentar un nuevo plan de trabajo o proyecto de inversión, siendo necesario únicamente que el afectado pruebe su condición de productor caprino en situación de crisis de acuerdo a los requisitos que establezca la autoridad de aplicación.

Provincia de Misiones Artículo 18 Adhesion a la Ley Nacional Nro. 26.141 sobre Regimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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