Creación del programa de Acceso Justo al Hábitat para los vecinos de Av. 27 de Febrero y Av. Circunvalación, de la ciudad de Rosario (Acceso Justo al Hábitat para los vecinos de Av. 27 de Febrero y Av. Circunvalación) Provincia de Santa Fe
Creación del programa de Acceso Justo al Hábitat para los vecinos de Av. 27 de Febrero y Av. Circunvalación, de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Créase el programa de "Acceso Justo al Hábitat para los vecinos de Av....
- Artículo 2. Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los terrenos...
- Artículo 3. Dispónese el fraccionamiento en lotes, con las intervenciones urbanísticas...
- Artículo 4. Decláranse como beneficiarios del Programa creado por la presente ley, a los...
- Artículo 5. Establécese que la Secretaría de Estado del Hábitat será la autoridad de...
- Artículo 6. Encomiéndase al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Desarrollo...
- Artículo 7. Encomiéndase al Poder Ejecutivo, por conducto del Ministerio de la...
- Artículo 8. Invitase a la Municipalidad de Rosario a participar mancomunadamente con el...
- Artículo 9. Encomiéndase al Poder Ejecutivo a organizar y llevar adelante los procesos...
- Artículo 10. Encomiéndase al Poder Ejecutivo a llevar adelante el trazado de la trama...
- Artículo 11. Encomiéndase al Poder Ejecutivo a otorgar, con los fondos recaudados en...
- Artículo 12. Establécese como plazo de implementación del Programa, el de diez (10) años,...
- Artículo 13. La presente ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro de los 90...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Caja de Seguridad Social para los profesionales del arte de curar de la provincia Autorización al Colegio de bioquímicos a dictar su propio Código de Etica Declaración en situación de riesgo al Sistema Comercial Declara de utilidad pública y sujeta a expropiación inmueble destinado como sede de la CASA HISTORICA CAYETANO SILVA Aprobación del Convenio Marco y su Compromiso Anual que se adhiere al Programa Federal Incluir SaludMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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